Requisitos legales para organizar un sorteo

Escrito en Sobre nosotros, Sorteos

Hay mucha confusión en la información que se ofrece sobre los pasos a dar a la hora de realizar un sorteo en España. Las administraciones tienen responsabilidades que se solapan o no quedan claras y ofrecen información contradictoria. Además, las leyes sobre el juego han cambiado mucho en los últimos años.

Para quien no quiera complicarse la vida, desde Sortea2 ofrecemos la posibilidad de organizar el sorteo: preparar todo el papeleo, las bases legales y la comunicación, a un precio módico y avalados por ser la página de referencia en celebración de sorteos en España.

Desde Sortea2 hemos tratado de ofrecer alguna luz en ocasiones anteriores y ahora, al intentar dar una respuesta más amplia a todas estas dudas, me quedo con algo de incertidumbre. Así, quien necesite más información, no tendrá más remedio que recurrir a los responsables legales de la organización de sorteos, que en última instancia es Loterías y Apuestas del Estado.

Un sorteo impecable debería seguir, a priori, los siguientes pasos, en el siguiente orden:

  • Creación de las bases y presentación ante un notario.
  • Envío de solicitud de autorización del sorteo a Loterías y Apuestas del Estado, si es de ámbito nacional, o a la correspondiente delegación autonómica si el sorteo está limitado geográficamente.
  • Pago de tasas por realización del sorteo.
  • Autorización por parte del organismo a la celebración del sorteo.
  • Celebración del sorteo ante notario.
  • Entrega de premios, con las correspondientes retenciones fiscales.
  • Pago del IRPF relativos a dicho premio.

Ahora bien, todo esto es lo ideal, en muchos casos, sobre todo para sorteos pequeños, algunos de estos pasos no son necesarios. Así, paso a detallarlos por separado para ir analizando en qué casos debe aplicarse cada uno:

Creación de las bases y presentación ante un notario.

Hay muchos sitios donde dicen que para celebrar un sorteo es imprescindible que se confeccionen las bases y se presenten ante un notario. La última normativa legal, Real Decreto 41/2010, (ver texto completo del BOE, en PDF) se salta este punto. Al tratarse de una ley del año 2010, lo más normal es encontrar información anticuada y que dice lo contrario en Internet. Si uno se ciñe a lo expuesto en dicha ley, ya no es necesario confeccionar las bases con un notario.

Actualización 01/2017

La Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego no hace ninguna mención la figura o necesidad del notario.

Envío de solicitud de autorización del sorteo a Loterías y Apuestas del Estado

Actualización 01/2017

Con la entrada en vigor de la Ley 13/2011, el Ministerio de Economía y Hacienda publicó una nota informativa indicando que ya no es necesario realizar la comunicación, siempre y cuando la participación el el sorteo sea totalmente gratuita, tratándose de un sorteo con fines publicitarios.

La Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, ha derogado el Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, dejando sin efecto el régimen de comunicación previa de los datos del promotor y de las características de la actividad a desarrollar para la realización de combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales, siempre que la participación del público en estas actividades sea gratuita y en ningún caso exista sobreprecio o tarificación adicional alguna, cualquiera que fuere el procedimiento o sistema a través del que se realice.

Por lo tanto, para la realización de combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales no se precisa la comunicación previa a esta Dirección General de Ordenación del Juego; todo ello con independencia de lo establecido en el Título VII de la citada Ley 13/2011, en materia de obligaciones fiscales.

En el caso de que la participación del público en estas actividades no sea gratuita, su realización estará sujeta al régimen de títulos habilitantes establecido en el Título III de la citada Ley 13/2011.

Por lo tanto, sólo para sorteos que tengan algún coste, si tiene sentido este apartado:

Según cuenta el Real Decreto 41/2010, enlazado más arriba, y se detalla en esta página, desde Loterías y Apuestas del Estado se encontraban con la molesta papeleta de recibir numerosas solicitudes, siempre en aumento, para la organización de sorteos. Esto no hace sino distraerles de su principal actividad, que es la organización de rifas, apuestas y los propios sorteos organizados por el organismo.

Se producía un retraso considerable en la concesión de estas autorizaciones y sin ninguna ventaja para la Administración. Es por ello que la nueva norma adopta el enfoque de que en lugar de solicitar una autorización, hay que avisar previamente de que se va a realizar, nada más.

En el Boletín se adjunta un formato de solicitud a presentar al organismo de Loterías, donde se deben rellenar la siguiente información sobre el sorteo:

  • Entidad que realiza la promoción publicitaria
  • CIF/NIF
  • Domicilio fiscal
  • Telf. contacto
  • Denominación de la promoción
  • Periodo promocional. Inicio
  • Periodo promocional. Fin
  • Ámbito territorial de la promoción
  • Valor del premio ofrecido
  • Ámbito subjetivo de la promoción (Público al que va dirigido)
  • Fecha del sorteo
  • Modalidad del sorteo
  • Mecánica de la promoción (Descripción de la forma de participación en la promoción)
  • Utilización medios telemáticos
  • Utilización medios tradicionales
  • Descripción general

En este anexo a la modificación del Estatuto, en ningún momento se habla de notario. Para quien quiera ahondar más sobre el tema, toda la legislación está recogida en las llamadas Combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales.

Actualización a 04/08/2012

Según nos indican en los comentarios, una normativa aún más reciente ahonda en este concepto, ya no hay que realizar ninguna comunicación de que se va a celebrar el sorteo:

Para la realización de combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales no se precisa la comunicación previa a esta Dirección General de Ordenación del Juego; todo ello con independencia de lo establecido en el Título VII de la citada Ley 13/2011, en materia de obligaciones fiscales.

Leed este comentario donde se explica aún en mayor detalle este punto de que no hay que realizar comunicación.

La normativa legal que ahí se indica es esta (el otro enlace no funciona correctamente).

Si un sorteo no vende papeletas, sino que simplemente es una acción comercial, siempre gratuita, puede realizarse sin tener que pagar tasas ni recurrir a un notario. Aquí hay un texto bastante interesante sobre la normativa legal a seguir a la hora de presentar un sorteo promocional, teniendo en cuenta que es anterior a dicha modificación legal y por lo tanto, mucho de lo que dice no se aplica.

Pago de tasas por realización del sorteo

Indicar que si el sorteo es puramente de ámbito autonómico la cosa cambia, pues entra en el ámbito de responsabilidad de cada Comunidad Autónoma, que en principio puede cobrar una tasa por la realización del sorteo. Hoy en día realizar una limitación así a donde aplica un sorteo es impráctico, pero hay que tenerlo siempre en cuenta.

Aquí podéis ver, para el caso de Madrid, las competencias que tienen sobre los impuestos del juego. Y aquí la Ley autonómica de Madrid (del 2001), que se refiere a este tipo de sorteos en el capítulo 15 como «Rifas. Tómbolas y combinaciones aleatorias.».

Actualización 01/2017
Con la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, si el sorteo es de ámbito nacional, queda unificado y más claro el pago de impuestos previos a la realización del sorteo.

En las combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales, la base imponible será el importe total del valor de mercado de los premios ofrecidos o ventajas concedidas a los participantes.

Combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales: 10 por ciento sobre la base imponible determinada para las mismas en el apartado 6 de este artículo.

Así, para un sorteo promocional, la organización tendrá que pagar el 10% del valor de mercado del premio. Así, si sorteas un ipad valorado 300€, habrá que pagar al Estado 30€, no importa si el ipad se ha conseguido de forma gratuita (por ejemplo si Apple nos lo regala y decidimos sortearlo).

El modelo a pagar en Hacienda es el Modelo 685. Tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación.

modelo-685

Autorización del sorteo

Ya no es necesario esperar a la autorización del sorteo, salvo que sea de ámbito autonómico donde la normativa es distinta para cada región. Es muy improbable que una administración exija la autorización previa, siempre hablando de sorteos publicitarios.

Celebración del sorteo ante notario

La celebración de los sorteos suele realizarse ante notario. Esto es lógico si se quiere dar una imagen de seriedad y fiabilidad. Pero en modo alguno es imprescindible. Se puede realizar un sorteo introduciendo papelitos en una gorra, o usando sortea2. También un notario puede usar sortea2 a la hora de elegir los ganadores, tiene libertad para elegir el método aleatorio. Lo que sucede a menudo es que el uso del notario implica que se cumplen las bases pero no que el sorteo es aleatorio. Con sortea2 no podemos cumplir las bases pero si garantizamos que el sistema es aleatorio por completo. Por lo que la combinación sortea2 + notario debería ser la ideal.

En resumen, para la celebración del sorteo, tener un notario es estupendo, nunca obligatorio, pero desde el punto de vista legal lo importante es que se cumpla lo indicado en las bases.

Entrega de premios, con las correspondientes retenciones fiscales.

Sobre los premios que se entregan en los sorteos, hay que realizar una retención fiscal a partir de los 300,50€. Por lo tanto, si el premio sorteado supera a ese precio, es obligatorio realizar una retención de los importes correspondientes a tributar al IRPF, por lo que es necesario tomar los datos fiscales del ganador, de cara a la declaración de los impuestos. En estos casos el que el ganador sea menor de edad es un problema, por lo que si la cuantía del premio supera los 300,50 euros, lo ideal es que menores de edad no puedan participar.

Según el texto del modelo 190 de Hacienda, «Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios
y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta». En la última página de dicho documento, lee:

Los premios, dinerarios o en especie, a que se refiere el artículo 75.2, letra c), del Reglamento del Impuesto, que hayan sido entregados por la persona o entidad declarante como consecuencia de la participación de los perceptores en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, incluyendo aquellos sobre los que no exista obligación de practicar retención o ingreso a cuenta por no superar la base de retención la cantidad de 300 euros.

A la hora de considerar el valor del premio se atiende al valor de mercado. Es decir, que si sorteamos una Wii que en el mercado cuesta 350€, pero que para la promoción hemos conseguido por sólo 200€, se debe tributar por el precio teórico de 350€, no el que nos ha costado a nosotros los organizadores.

Pago del IRPF

Posteriormente el ganador de un sorteo, con la excepción de las Loterías del Estado, ONCE y similares, tiene que incluirlo en su declaración de la renta de ese año, tributando al tipo marginal, por lo que digamos que se suma a nuestros ingresos del trabajo y de ahí que se le pueda aplicar una tasa que puede ser de hasta el 43%.

Como ya he dicho, esto no deja por zanjado el asunto pero espero que sirva como una buena referencia a quienes queréis organizar un sorteo.

Desde sortea2 os ayudamos a elegir un ganador de forma fácil, independiente y aleatoria con los sorteos certificados.


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118 comentarios for “Requisitos legales para organizar un sorteo”

  1. David dice:

    Me llamo David y estoy interesado en realizar un sorteo, por favor pónganse en contacto conmigo para ver si puedo contratar sus servicios.
    un cordial saludo.

  2. Vicente dice:

    Estoy interesado en crear una empresa, para sorteos semanales o mensuales según me aconsejen vds, el premio en principio sería enfocado a estancias vacacionales o cruceros espero me informen cual sería el camino a seguir y si puedo utilizar lía sorteos de loteria o once para dar más fiabiliadad

    Un saludo
    Vicente

  3. DANIEL dice:

    BUENAS TARDES, QUIERO HACER UN SORTEO DONDE EL PREMIO ES LA REFORMA COMPLETA DE UNA VIVIENDA, NECESITO SABER SI LO PODEIS ORGANIZAR, QUE ES LO QUE ME VA A COSTAR VUESTROS SEVICIOS, Y EN QUE CONSISTE VUESTROS SERVICIOS, LA PERSONA GANADORA TENDRIA QUE PAGAR ALGUN IMPUESTO POR ESTA CLASE DE PREMIO? Y QUE ES LO QUE ME TOCARIA PAGAR SOBRE IMPUESTOS, O LO QUE TENGA QUE PAGAR QUE NO SE QUE GASTOS SUPONE ESTO.

    SALUDOS
    DANIEL

  4. Stanley R. dice:

    Estimados Sres.:

    Necesito contactar con ustedes telefónicamente. Creo que sería lo mejor para exponerles nuestro plan de sorteos, ya que será recurrente – varios al mes – y los premios se podrán entregar en cualquier país del mundo.

    Por ello, les ruego me faciliten número de teléfono y persona de contacto para este tipo de cuestiones.

    Gracias,
    Stan

  5. maria jose dice:

    hola
    me gustaría hablar con vosotros sobre estos sorteos
    me mandáis un mail y hablamos?

    muchas gracias!

  6. montse dice:

    hola, estaria interesada en sortear mi casa, me gustaria que me aconsejaran de lo que devo hacer, gracias

  7. ROCÍO PADURA dice:

    Hola, estoy interesada en saber la normativa para sortear una vivienda por sistema online.
    Por favor, me podéis informar si hay alguna normativa?. Creo que se ha regulado en este año.
    Se necesita alguna licencia?.
    Qué impuestos hay que pagar?.
    Muchas gracias.
    Un saludo.

  8. jose dice:

    Buenas, tengo en mente montar sorteos por internet semanales donde el premio serian viajes o cheques reagalos por una cierta cantidad. Pero tengo las dudas legales de comenzó se puede llegar aa cabo. Podríais informarme que requisitos hacen falta. Gracias y saludos

  9. Israel dice:

    Hola, mi pregunta es la siguiente, hay una serie de papeletas de varias asociaciones y/o colectivos que se venden sorteando premios en metálico y/o viajes en combinación con un sorteo estatal, es decir, que para ganar el premio, la papeleta, la cual tiene una numeración, debe coincidir con la misma numeración de dicho sorteo, ¿Es legítima la venta de papeletas utilizando el mencionado sorteo?. Espero su respuesta. Muchas gracias de antemano. Saludos

  10. joaquin lozano rey dice:

    HOLA Quisiera saber si puedo organizar un sorteo , para conseguir fondos y financiar el inicio de una empresa

  11. jose angel canales espinosa dice:

    Buenos días, de cara a Navidad nos gustaria efectuar un sorteo entre nuestra clientela, rifando un HORNO/PARRILLA de barro y una comida/cena en nuestro restaurante. Nuestra intención es vender 1000 papeletas a 1 euro c/u y que el agraciado sea el que tenga la papeleta cuyos números coincidan con las 3 cifras del gordo de navidad. (22.12.2014)
    El beneficio obtenido sera para repartir entre el personal como aguinaldo navideño.

    Me odrian decir que requisitos son los requeridos. ?

    Muchas gracias.

  12. gema dice:

    Buenas soy d almeria y quiero sortear mi casa. Seria posible?

  13. VICTOR BALANDIN dice:

    Me gustaria que contactarais conmigo para ver si llegamos a un acuerdo para que me pongais en marcha un sorteo.

    Movil.608.564.096

    Gracias.

  14. felix mutavi luque dice:

    hola he gustado mucho vuestro web,estoy pensando sortear mi coche para recaudar dinero para operación de mi sobrino,mi coche tiene valor de 8000€,y la operación vale 7000€ total de 15000€,porque quiero ganar dinero de mi coche para pagar el préstamo,puede ser posible,y como me podeis audar para organizar el sorteo,el sorteo será en nombre de una asociación.este mi numero de teléfono 649465738.gracias

  15. Mery Rubi dice:

    Hola buenas tardes,

    Estoy interesada en sortear mi bar, …. y me guastaría saber lo que tengo que pagar a Hacienda y si el pago se debe realizar antes o después de realizarse el sorteo ya que si vendo menos del 80% el sorteo no se realizara.

    Gracias y un abrazo.

    Mery Rubi

  16. vitoria dice:

    Hola muy buenas noces. Estoy pensando hacer una rifa para esta navidad. Sería entorno a unos 3000 números y el premio será con las últimas 4 cifras del sorteo del Niño, sería posible con 3000 o al ser las últimas 4 cifras debo llegar al 9999? Sería legal? un saludo!

  17. luis dice:

    estoy interesado en hacer un sorteo y me gustaria saber cuales son sus servicios y presupuestor
    gracias

  18. Francisco Monllor dice:

    Hola un saludo muy cordial , hace algunos dias en la Peluqueria que vamos mi esposa y yo compre dos terminaciones para el sorteo de una cesta de Navidad ¡sorteo de la once del 22 de Diciembre 2014 ¡ las terminaciones eran las 19 y 69 y en dicho sorteo de la once de dicha fecha salio salio el 53269 , me dijeron cuando compre estas terminaciones ¡que siempre que se vendieran todos los numeros¡ .¿es posible que me quede sin el premio de la cesta,si no lo an vendido todo?.
    Felices fiestas….

  19. pedro dice:

    si sorteas una cesta de navidad cuyo numero premiado serian las cuatro ultimas cifras de la loteria de navidad pero supuestamente se vendieron muy pocas rifas y el numero premiado quedo sin vender es legal eso .
    Agradeceria que alguien me contestara .
    Saludos

  20. Juan dice:

    Buenas tenia la idea para organizar un sorteo en mi comunidad autonoma y seria un premio estimado en dinero de unos 3000 euros, y seria vendiendo 99999 boletos, como podria hacer para hacerlo todo legal.

  21. ramon dice:

    Buenas

    En un sorteo en el que el premio fuesen 100€ con un único ganador y que el sorteo se realizase cuando se vendan números para el sorteo por valor de 500€ y los números ganadores se comprobasen con cualquier lotería como euromillones la primitiva… que porcentaje os llevaríais vosotros por organizarlo y que cantidad de dinero ganaría yo después de pagar todo tipo de impuestos y gastos?

    Espero vuestra respuesta gracias!

  22. RAUL dice:

    Hola, llevo tiempo dándole vueltas al hecho de poder sortear una casa no nueva He mirado muchas páginas webs, legislación..y no me ha quedado muy claro. Os voy a poner un ejemplo y así me podréis decir en que me equivoco:
    GASTOS VENDEDOR: IRPF 20%,PLUSVALIA 50%, IMPUESTO ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS (0.5%-1.5%), NOTARIA-REGISTRO-TASACION-GESTORIA=1.400€
    GASTOS AGRACIADO: 15% Venta valor papeletas y 6% ITP
    Un cordial saludo. TLF: 620298525

  23. victor dice:

    Hola tengo dos casas juntas en un pueblo a 17 km de Burgos capital y quisiera recibir información de la mejor manera para venderlas por mediación de sorteo de papeletas.y si ustedes se encargan de todos estos tramites tanto de venta y entrega de premio gracias espero se pongan en contacto conmigo tlf 664025352

  24. David dice:

    Hola estaría interesado en hacer una rifa para el 15 de agosto del 2015,el valor del premio seria de unos 2000 euros en productos de alimentación y cosas para la casa,me podríais decir lo q necesito para q esto sea posible con el coste de cada cosa como impuestos para el ganador,impuestos para mi,lo que me cuesta si me lo hacéis vosotros,etc.

  25. roque dice:

    hola, me gustaría rifar un lote de ropa nueva de marca, todo Infantil y una parte del lote donarla a niños necesitados.
    Me gustaría que me informaran de como realizar dicha gestión para que sea todo legal o de alguna manera no pueda tener ningún problema legalmente, ya que mi propósito no es con animo de lucro ya que el numero de papeletas y el valor que pueda percibir no supera ni el 30% del valor del lote que estoy ofreciendo. Gracias

  26. miguel andres dice:

    hola quisiera saber que he de hacer para hacer un sorteo de una vivienda mas un local por separado pero darlo todo en un premio con participaciones de este sorteo en metalico es decir quiero sortearlo con recibos de 20€ por ejemplo para el numero que coincida en navidad para poder sacarle un dinero a dicho sorteo en vez de vender los inmuebles.gracias.

  27. ANTONIO dice:

    Estando interesado en sortear una vivienda en Canarias, es por lo que les agradeceria que se pusieran en contacto conmigo, para ver el modo de como poder hacerlo, esperando su reportes..

    Saludos cordiales…Antonio !!!

  28. Daniel dice:

    Ased que una Excel. En un W95, es decir, Excel 97 y gracias. Y afan pudo inetrsar fila nueva. Eso hace un me1ximo de… 65534 habitantes, no?Quesededededed que puede tener varias hojas en un libro. En cualquier caso, si lo tiene en Excel mucho volumen no mueve…..

  29. anyi dice:

    hola soy una tecnico de movistar telefonica y estamos en huelga desde hace 56 dias nos llamamos la marea azul, queria saber si nos puedeis alludar a realisar un sorteo de un viaje para poder recoger fondos para nuestra caja de restencia que es la unica forma que tenemos para poder resistir y poder seguir luchando contra el esclavismo al que nos tiene sometidos la gran multinacional movistar
    gracia

  30. JAVIER dice:

    Buenos dias, tengo unas dudas y queria saber si pueden ayudarme, asi como quiza puedan prestarme colaboracion y apoyo para mi proposito.

    Junto con otra persona tenemos creada una web de venta de equipos y material informatico. Pero queremos ir un paso mas alla.

    Queremos realizar periodicamente sorteos de equipos de los que disponemos en la tienda. Es decir alguien puede comprar su participacion en el sorteo sabiendo que el premio es un pc, tablet etc. lo que se disponga en ese momento. Como digo todo esto se realizaria periodicamente, minimo una vez al mes.

    Me gustaria saber que requisitos debemos reunir, asi como los costes asociados al mismo. Asimismo estamos planteando usar la plataforma sortea2 para la ejecucion de los mismos, pero desconozco si esto puede ser

    gracias

  31. sortea2 dice:

    Hola Javier,

    Ponte en contacto con nosotros a través de este enlace https://www.sortea2.com/sortear/organizar

  32. Maria Teresa dice:

    Buenas tardes, Estoy interesada en sortear un apartamento en Estepona,por sistema online y papeletas físicas.Se pondrían a la venta 50.000 números,y su precio seria a 6 €.
    Mi pregunta es,vosotros podéis tramitar todo el papeleo,pagos de impuestos,notaria etc.
    El premio incluye todo tipo de gastos por parte del agraciado.
    También desearía saber ,si la persona agraciada ,tendría que declarar en su renta dicho premio.
    Gracias por todo y un saludo.
    Mi teléfono es 619555835

  33. Maria Teresa dice:

    Buenas tardes,en junio mande un comentario,al no recibir noticias,vuelvo a preguntar.
    Me gustaría crear una empresa para sorteos,vosotros me podéis gestionar todo los trámites legales.
    Un saludo.
    Mi teléfono es 619555835.
    Gracias.

  34. sortea2 dice:

    Hola Maria Teresa,

    Es que nosotros creo que no proveemos el servicio que buscas.

  35. Noemí dice:

    Buenas tardes estoy interesada en sortear mi casa rural. Me pueden explicar su forma de trabajo, si se hacen cargo de todos los tramites, y cuanto me costaría el hacer el sorteo?
    Muchas gracias
    Mi número de teléfono es el 661804120

  36. ezequiel dice:

    hola buenas, quiero sortear mi casa en alhaurin de la torre (malaga) quisiera saber que me hace falta para poder hacerlo.

  37. Ana Garvin dice:

    Buenas tardes estoy interesada en sortear un coche. Me pueden explicar su forma de trabajo, si se hacen cargo de todos los tramites, y cuanto me costaría el hacer el sorteo?
    Muchas gracias
    Mi teléfono es 659002935. Ana.

  38. Xavi dice:

    Tengo un cliente que quiere vender una casa que tiene en el principado de Andorra mediante sorteo.
    Me gustaría saber que pasos tiene que seguir para hacerlo y que efectos fiscales puede tener.

    Saludos.

  39. Jon dice:

    Hola, me gustaría saber cuanto cuesta el servicio que dan ustedes para organizar un sorteo que quiero hacer. Tenéis algún numero de teléfono al que pueda llamaros.

    Muchas gracias,

    jon urreta

  40. SERGIO BARRETO LOPEZ dice:

    ES LEGAL LOS TIPICOS SORTEOS DE CESTAS DE NAVIDAD EN BARES, DONDE SE PARTICIPA COMPRANDO O PAGANDO UN NUMERO EN UN TABLERO DE 100, DEL 00 AL 99, DONDE SE ANOTA EL NOMBRE DE LA PERSONA QUE LO PAGA Y SE SORTEA UN DIA, QUE A VECES NI SE INFORMA EN EL MOMENTO, ESPERANDO A QUE SE VENDAN TODOS LOS NUMEROS, PARA SORTEARLO UN DIA DESPUES O EL MISMO DIA QUE SE VENDAN TODOS.
    ESTO GENERA MUCHAS DUDAS, ENTIENDO QUE CUANDO SE COMPRA SE DEB TENER LA FECHA FIJADA DEL SORTEO, ME PUEDEN DESPEJAR MIS DUDAS.

  41. juan carlos dice:

    hola soy una empresa y quisiera sortear equipos de movilidad .

    segway
    silla sube escaleras instalada
    para ello seria necesario que fuese en la provincia para su instalación.

    se podría hacer
    gracias

  42. german dice:

    quiero vender papeletas de una cesta de navidad que yo mismo he elaborado y negociado con un bar para que me las venda.ahora tengo que declarar el dinero ? pedir permisos ?? como lo hago ?? a parte el numero premiado de la cesta sera el mismo que el numero premiado del gordo (las mil papeletas o sea los tres ultimos numeros )del numero premiado en la loteria de navidad es legal ???

  43. Sorteo un telefono valorado 8oo euros dice:

    Sortea telefo 800 euros valor sorteo 3 ultimas cifras de la once precio numero 2 euros los numero se venderia en un bar que me cobraria 500 x vender los numros que himpuestos pagaria y me tramitan hustedes que les tenia que pagar saludos nota vendiendo tolos los numeros y pagar himpuestos y tramites que me quedaria de ganancia gracias

  44. Jesica dice:

    Buenas tardes, quisiera sortear mi coche. Es un Ford Fiesta Titanium 5 puertas con varios extras.
    La idea que tengo en mente es hacer únicamente 1000 papeletas.
    Necesitaría ayuda, pues no quiero incurrir en una ilegalidad.
    A espera su respuesta.
    Un saludo

  45. mari angeles zambrano dice:

    Hola
    Quisieramos ponernos en contacto con ustedes ,somos una empresa de maquinaria estetica y quisieramos hacer un sorteo legal de algunas de nuestras maquinas.
    Para que nos dieran los pasos a seguir y poder trabajar para que nos lo organicen

  46. Saúl dice:

    Buenas, nos gustaría realizar una rifa de un viaje en nuestro pueblo para financiar los gastos de un evento taurino, necesito saber donde puedo conseguir el documento que necesita Loterías y Apuestas del Estado e información referente a la realización del sorteo y las bases legales, queremos hacerlo mediante el reparto de papeletas. Un saludo y gracias.

  47. puri dice:

    Hola,yo quiero sortear un coche,con animo de lucro.Nosoy empresa,wue pasos tengo que seguir para que sea legal,para poder vender las papeletas
    .un saludo

  48. luis enrique dice:

    hola, me gustaría hacer una cesta de navidad , con animo de lucro, valorada en unos 100.000 euros , me gustaría sabes que documentación y permisos necesitaría, muchas gracias

  49. antonio moreno sanchez dice:

    Hola me gustaria me informarais para realizar una rifa con un premio de unos 10000euros con animo de lucro y una parte de donativo ong

  50. david dice:

    hola soy compraventa de coches y me gustaria hacer un sorteo con un coche para navidad, me pueden decir los gastos que puedo tener con todo lo que se requiera,espero su respuesta